La justicia de Dios: entre juicio, misericordad y verdad
Este estudio examina la justicia divina desde una perspectiva teológico-filosófica, articulando el testimonio bíblico con las reflexiones de los Padres de la Iglesia y Doctores—Agustín de Hipona, Juan Crisóstomo y Tomás de Aquino—y profundizando en la dimensión filosófica de la libertad y la responsabilidad humana. Se analiza la tensión entre justicia y misericordia, así como el carácter irreversible de la acción moral, con atención a Gálatas 6,7 y Romanos 12,19.
1. Introducción
La justicia de Dios desafía la visión antropomórfica: ni es meramente un legislador frío, ni un castigador vindicativo, sino el Deus vivens que, en su amor fiel, juzga en verdad. La modernidad ha tendido a enfatizar la misericordia, a veces neutralizando la dimensión de justicia, mientras que ciertos discursos tradicionales corren el riesgo de presentar una justicia desprovista de compasión. La tradición cristiana, sin embargo, afirma que justicia y misericordia son inseparables en el misterio divino.1
2. Fundamento escriturístico: verdad y consecuencias
San Pablo advierte en Gálatas 6,7 que “De Dios nadie se burla; lo que el hombre sembrare, eso también cosechará”.^2 Este juicio no es pasional, sino ontológico: nuestras acciones quedan inscritas en la trama moral de la realidad. En Romanos 12,19, el apóstol añade:
“No os venguéis vosotros mismos, amados, sino dejad lugar a la ira de Dios; porque escrito está:
‘Mía es la venganza, yo daré el pago’, dice el Señor.”3
Al remitir a Deuteronomio 32,35, Pablo subraya que el derecho de retribución corresponde exclusivamente a Dios, quien juzga con plena objetividad y sabiduría.
3. San Agustín: justicia como orden del amor
Agustín define la justicia como “orden del amor”, amar a Dios sobre todas las cosas y al prójimo en Dios.^4 El castigo no contradice la bondad divina, sino que ejerce una pedagogía redentora: corrige el desorden del pecado para restaurar al ser humano en su fin último.
4. San Juan Crisóstomo: la esperanza del kairós escatológico
Comentando Gálatas, Crisóstomo precisa: “No dice ‘Dios se burla’, sino que no puede ser burlado. Cuando llegue el tiempo señalado, cada obra recibirá su retribución”.^5 El presente es tiempo de gracia, pero orientado hacia el juicio definitivo, donde la verdad se manifiesta plenamente.
5. Tomás de Aquino: misericordia y justicia en su raíz común
Santo Tomás enseña que la misericordia “no destruye la justicia, sino que la colma”.^6 La misericordia presupone la deuda moral, y su ejercicio perfecciona la justicia. “Dios castiga por justicia y perdona por misericordia, pero en ambos actúa conforme a su amor eterno”.^7
6. Reflexión filosófico-teológica: libertad, responsabilidad y orden moral
6.1. El sustrato metafísico de la justicia
Desde Aristóteles, la justicia ha sido entendida como virtud que asigna a cada cual lo que le corresponde. Tomás la transfigura en la analogía: la justicia natural participa de la justicia divina, que es su fuente y causa.^8 El orden moral inscrito en la creación refleja el logos divino, de modo que actuar justamente es conformarse al ser¹⁰. La ruptura de ese orden—el pecado—desordena la estructura ontológica de la persona, exigiendo restauración.
6.2. La libertad personal como fundamentación ética
La justicia de Dios presupone la libertad auténtica del hombre. Si fuésemos autómatas, no habría mérito ni culpa. El juicio divino confirma así la dignidad humana: nuestras elecciones libres son responsables y generan consecuencias trascendentes.^9 La filosofía moderna (Kant) reconoce que sin un legislador universal la exigencia moral carece de fundamento; la teología cristiana encuentra en Dios ese principio absoluto.
6.3. La justicia como garantía del bien común
En el orden social, la justicia divina inspira la construcción de comunidades justas. Tomás la vincula al bien común: las leyes humanas derivan de la ley eterna y natural. Un Estado que promueve la justicia participa de la providencia divina,^10 velando por la dignidad de cada persona. La insatisfacción del anhelo de justicia se convierte en clamor moral que, en último término, encuentra su respuesta en el juicio y la misericordia de Dios.
6.4. Justicia y esperanza escatológica
Karl Barth subraya que el juicio divino no implosiona en condena radical, sino que anticipa la nueva creación. El juicio no solo separa el bien del mal, sino que inaugura el tiempo pleno donde la misericordia triunfa, y la justicia se actualiza en la comunión definitiva con Dios.^11 Esta dialéctica juicio-esperanza caracteriza la lectura teológica contemporánea.
7. Conclusión
La justicia de Dios es una buena noticia: afirma que la historia no es absurda, que nuestras decisiones importan y que el amor verdadero es inseparable de la verdad. En un mundo que relativiza el mal, este atributo divino garantiza la dignidad humana, protege al inocente y abre la puerta a la conversión y a la esperanza última.
Bibliografía
1. San Agustín, De civitate Dei XIX, 13: “Justitia est ordinatio amoris.”
2. Gal 6, 7: “De Dios nadie se burla; lo que el hombre sembrare, eso también cosechará.”
3. Rm 12, 19: cita Deut 32, 35: “Mía es la venganza; yo daré el pago, dice el Señor.”
4. Agustín de Hipona, De civitate Dei, XIX, 13.
5. San Juan Crisóstomo, Homilía sobre Gálatas 6.
6. Tomás de Aquino, Suma Teológica I–II, q. 21, a. 3.
7. Tomás de Aquino, Suma Teológica I–II, q. 21, a. 4.
8. Aristóteles, Ética a Nicómaco, V, 1; Tomás retoma la idea de la justicia como “dar a cada uno lo suyo”.
9. Immanuel Kant, Crítica de la razón práctica (1788): necesidad de un legislador moral universal.
10. Tomás de Aquino, Suma Teológica I–II, q. 90: de la ley eterna derivan la ley natural y la ley humana.
11. Karl Barth, Dogmática eclesial (1932), Vol. III/1: sobre el carácter esperanzador del juicio.



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