Justicia y venganza: una reflexión desde Tomás de Aquino
Diego Ramírez
Resumen
La distinción entre justicia y venganza es fundamental para el orden moral y jurídico de una comunidad. En el pensamiento de Tomás de Aquino, esta diferencia se articula a partir de una comprensión racional del bien común, del castigo y de la autoridad legítima. Mientras que la justicia se ordena a restituir el equilibrio vulnerado por el mal, la venganza, cuando es privada y movida por la pasión, corrompe ese mismo orden. Este artículo propone una reflexión teológica y filosófica sobre el tema, con base en la Summa Theologiae y en la tradición cristiana.
Palabras clave: Tomás de Aquino, justicia, venganza, castigo, bien común, ley natural.
Introducción
La experiencia de la injusticia provoca con frecuencia una reacción visceral: el deseo de que el mal sufrido sea retribuido. Sin embargo, entre ese deseo y la justicia verdadera hay una distancia que no siempre se reconoce con claridad. En contextos donde la reacción emocional prevalece sobre la razón, esa confusión puede resultar destructiva.
Santo Tomás de Aquino ofrece una enseñanza lúcida y vigente: no toda retribución del mal es justa, y no todo castigo es venganza. En la cuestión 108 de la Secunda Secundae de la Summa Theologiae, el Aquinate distingue con precisión el sentido legítimo de la venganza cuando está subordinada a la justicia y ordenada al bien común, y su degeneración en acto pasional, desmedido y privado. Comprender esta diferencia no es sólo relevante en el plano teórico, sino indispensable en la vida social, política y eclesial.
1. La justicia como virtud racional
Para Tomás, la justicia es una virtud moral que tiene como objeto el dar a cada uno lo que le es debido (S.Th., II-II, q.58, a.1). En este sentido, es inseparable de la razón, ya que no se trata de un impulso espontáneo, sino de una disposición estable del alma que regula las relaciones entre personas y garantiza el bien común.
Esta virtud se manifiesta en actos concretos de restitución, distribución y corrección. En el ámbito penal, la justicia se expresa mediante el castigo proporcionado al delito. No se busca el sufrimiento del infractor, sino la restauración del orden violado. El criterio es la proporción, no la revancha.
El acto justo, entonces, requiere de tres elementos: un juicio racional, una autoridad legítima y una finalidad orientada al bien común. Sin estos tres elementos, cualquier intento de “corregir” el mal se convierte en fuente de un nuevo desorden.
2. La venganza y sus límites
Tomás aborda directamente el problema de la venganza en la Summa Theologiae (II-II, q.108). Lejos de condenarla de modo absoluto, la somete a discernimiento: ¿puede haber una venganza justa? La respuesta es afirmativa, pero bajo condiciones estrictas.
La venganza es lícita cuando forma parte del ejercicio de la justicia. Así, una autoridad legítima puede castigar al malhechor con fines correctivos, disuasorios o expiatorios. Tomás cita el pasaje de San Pablo: “No en vano lleva la espada, pues es ministro de Dios, vengador para castigar al que hace el mal” (Rom 13,4). Pero esta “venganza” no brota del rencor ni del deseo de devolver el daño, sino del mandato racional de proteger el bien común.
Por el contrario, la venganza movida por la ira, la soberbia o la tristeza es siempre un pecado. Tomás señala que la pasión puede desordenar el juicio y llevar a castigos desproporcionados o injustos (S.Th., II-II, q.108, a.1, ad 2). Cuando una persona actúa por impulso, sin mediación racional, se sitúa fuera del ámbito de la virtud.
Incluso si el motivo parece justo, como el dolor o la indignación por un agravio, eso no basta para legitimar la venganza. La justicia requiere purificación del corazón y subordinación a un orden superior.
3. El castigo como restauración del orden
Para Tomás, el castigo no es un fin en sí mismo, ni una expresión de la voluntad de poder. Su función es medicinal: busca corregir al culpable, reparar el daño y preservar el bien de la comunidad. En este sentido, la justicia penal no puede ser un reflejo del dolor privado.
En la Summa Theologiae, Tomás escribe: “Es loable tomar venganza si con ello se guarda la justicia y se preserva el orden, y si quien la toma no se deja llevar por odio, sino que se ordena al bien” (S.Th., II-II, q.108, a.1, corpus). Esta afirmación es clave. El acto de castigar debe surgir de la caridad, es decir, del amor al bien del otro y de la sociedad.
Aquí se revela una paradoja cristiana: incluso el castigo puede ser un acto de amor si se ordena al bien del culpable. Esto exige una madurez moral que no todos alcanzan, y por eso la tradición siempre advirtió contra la venganza privada.
4. Justicia y venganza en la vida actual
La confusión entre justicia y venganza no es ajena a nuestro tiempo. En las redes sociales, en los medios de comunicación y en la vida política, se observa un deseo creciente de “castigar” al otro, no tanto para restaurar el orden, sino para descargar la ira. El juicio objetivo cede lugar al linchamiento simbólico.
Desde la tradición tomista, esta dinámica es claramente desordenada. El castigo no puede fundarse en la emocionalidad ni en la presión social. Solo la razón, iluminada por la ley natural y guiada por la prudencia, puede juzgar con justicia.
Recuperar esta distinción es fundamental para reconstruir el tejido moral de la convivencia. No hay justicia verdadera sin autoridad legítima, sin proporción y sin finalidad común. Donde la justicia se convierte en venganza, se inicia un nuevo ciclo de violencia.
Conclusión
Santo Tomás de Aquino enseña que la justicia y la venganza no son equivalentes. La primera nace de la razón, busca el bien común y se ejerce con autoridad legítima. La segunda, en cambio, brota del desorden pasional, del deseo de daño, y tiende a perpetuar el mal. En contextos de agravio o dolor, el alma humana necesita no solo justicia, sino también misericordia, templanza y discernimiento.
Solo una comunidad que distingue con claridad entre castigo justo y venganza desordenada puede aspirar a una verdadera paz. Este desafío ético, teológico y político sigue siendo urgente en nuestra época.
Bibliografía
Tomás de Aquino. Summa Theologiae, II-II, q.108. Disponible en: https://hjg.com.ar/sumat/c/c108.html
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Rhonheimer, Martin. La perspectiva cristiana de la acción humana. Madrid: Rialp, 2006.
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